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Honduras: año electoral 2021

de David Araujo, Rudolf Teuwsen

Aspectos Técnicos en la Nueva Ley Electoral de Honduras

Con este espacio informativo, la Fundación Konrad Adenauer en Honduras pretende generar análisis y debate sobre las campañas electorales, los partidos políticos, los candidatos y el cronograma electoral 2021.

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Aspectos técnicos en la nueva Ley Electoral de Honduras

En el espacio informativo KAS de julio de 2021[1], se dio a conocer que existían discrepancias entre el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Congreso Nacional (CN) en lo relacionado con la asignación presupuestaria para la contratación del sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP) y el detector de huellas dactilares para las Juntas Receptoras de Votos (JRV). Lo que representaba peligros para las elecciones generales de noviembre de 2021.

El martes 3 de agosto de 2021 se dio un paso muy importante ya que en sesión única, el CN aprobó el Decreto Legislativo No. 61-2021 que se refiere a la aprobación del presupuesto solicitado por CNE y autorización del procedimiento especial o contratación directa en la adquisición del TREP con todos sus componentes, “así como los suministros, bienes y servicios, ejecución de obras, arrendamientos de bienes y prestación de servicios de consultoría” que sean necesarios para garantizar los comicios generales (Decreto No. 61-2021).

Lo anterior en alusión de “que la nueva Ley Electoral de Honduras entró en vigencia el 26 de mayo de 2021 faltando apenas seis (6) meses para la realización de las elecciones generales, hecho que dificulta la realización de los procesos de compras y adquisiciones”. En ese sentido, se permite omisión del proceso de licitación y se otorga plazo hasta el 25 de agosto de 2021 para adjudicar las contrataciones.

Para algunos sectores de la sociedad, la emisión de decretos de emergencia para autorizar compras directas y omitir licitaciones denota la improvisación en torno al proceso de elecciones 2021. En estas adquisiciones el CNE deberá establecer los términos de referencia y publicar en su sitio oficial web el catálogo de requerimientos electorales. Acciones que se deben tomar en conjunto entre el pleno de consejeros propietarios.  

 

Para las elecciones generales se habilitarán 5,691 centros de votación distribuidos en los 298 municipios del país que transmitirán 18,396 actas de cierre presidencial.

 

Cabe destacar que la Ley Electoral vigente fue aprobada y publicada el 26 de mayo de 2021, sus primeras reformas se consignaron el 10 de agosto de 2021 (76 días después). Los artículos que se reforman son: 33, 46, 47, 48, 107, 160, 241, 250, 254 y 261 (Decreto No. 62-2021).

Entre los puntos a destacar figuran:

Inicialmente en el artículo No. 107 se autorizaba el listado de electores en cuadernos de votación para cada una de las JRV, con el fin de que no se impida el derecho al sufragio a ningún ciudadano. Para las generales de noviembre se espera que el CNE cuente con el censo electoral actualizado y el detector de huellas, por lo tanto, se reforma dicho artículo.

 

El artículo No. 160, que se refiere a la contribución que otorga el Estado a los partidos políticos para su participación en cada proceso electoral general, se tenía previsto que se otorgaría de conformidad “con la cantidad de sufragios válidos obtenidos por cada uno de ellos en el nivel electivo presidencial de la última elección general en que participaron”.  Con la reforma se beneficia a los partidos políticos ya que se designará dicha contribución “en el nivel electivo donde tuvieron mayor cantidad de votos entre corporación municipal y nivel presidencial”. Por lo cual, la carga presupuestaria en concepto de procesos electorales aumentará considerablemente.

 

Se tenía previsto que la divulgación de resultados a boca de urna durante el día de las elecciones podía publicarse hasta después de tres (3) horas del cierre oficial de la votación, sin embargo, con la reforma se establece un margen de 2 (horas) después del mismo. De incumplir estas disposiciones, las personas naturales y/o jurídicas serán objeto de multas según sea el caso. A la vez, se espera que no exista especulación porque el CNE tendrá a su disposición el TREP.

 

La actual tarjeta de identidad estará vigente hasta el 15 de octubre de 2021, se espera que esta vez el plazo sea improrrogable.

Información adicional

Aproximadamente 1.7 millones de hondureños aún no reciben su nuevo Documento Nacional de Identificación (DNI). En ese sentido, el CN debe aprobar un nuevo préstamo para dotar de recursos al Registro Nacional de las Personas (RNP) y efectuar las entregas pendientes a nivel nacional.

El 30 de agosto de 2021 inicia oficialmente el período de propaganda electoral y vence el 22 de noviembre de 2021. De igual manera, los partidos políticos en contienda deberán solicitar al CNE la autorización para realizar manifestaciones, concentraciones, desfiles y demás reuniones públicas durante su campaña.

Según el cronograma electoral, el 12 de septiembre de 2021 se deberá presentar públicamente el Censo Nacional Electoral definitivo (CNE, 2021).

El 29 de septiembre de 2021 es una fecha muy importante ya que se hará la distribución de cargos para cada una de las JRV. La ley establece que los partidos políticos más votados en el nivel presidencial durante la última elección primaria tendrán representación en todas las JRV, los mismos ostentarán las funciones de presidente, secretario y escrutador, según el sorteo. Por su parte, los partidos políticos denominados minoritarios únicamente tendrán acceso a las JVR bajo la figura de vocales. Condición que genera malestar entre algunos sectores.

 

Mediante los procesos electorales se hace realidad el ejercicio de la soberanía política del pueblo para elegir por medio del voto a los funcionarios que integrarán los cuerpos de Gobierno Legislativo, Ejecutivo, de las Corporaciones Municipales y otras instancias derivadas que determinarán la función pública.

 

 

 

Referencias

CNE. (12 de 08 de 2021). Consejo Nacional Electoral. Obtenido de https://www.cne.hn/biblioteca/procesos_electorales/elecciones_2021_EG/Cronograma_Elecciones_Generales_2021.pdf

Decreto No. 61-2021. Autorización de procedimiento especial o contratación directa. 10 de agosto de 2021. La Gaceta No. 35,683.

Decreto No. 62-2021. Reforma a los artículos de la Ley Electoral de Honduras. 10 de agosto de 2021. Diario Oficial la Gaceta No. 35,683.

 

 

Edición: Dr. Rudolf Teuwsen – Director y Representante de Fundación Konrad Adenauer para Guatemala, Honduras y El Salvador.

Redacción: David Araujo – Coordinador de Proyectos de Fundación Konrad Adenauer Honduras.

 

[1] https://www.kas.de/es/web/guatemala/einzeltitel/-/content/nueva-ley-electoral-de-honduras

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